Cuando hablamos de planeación patrimonial, una preocupación común de mis clientes es si sus seres queridos tendrán acceso inmediato a fondos para pagar el entierro o funeral, si los acuerdos aún no han sido prepagados. Una de las maneras más fáciles de lograr esto es nominando a alguien como su transferencia sobre el beneficiario de muerte. El beneficiario del TOD tendrá acceso inmediato a esos fondos una vez que se haya presentado un acta de defunción. Los bancos a veces Trabajan de manera diferente y pueden requerir algo pequeño además del certificado de defunción. Lo más común es que una vez que se haya presentado el certificado, su heredero tendrá acceso a los fondos y no tendrá que cavar en su propio bolsillo para pagar esos gastos.