Allison Harrison
March 13, 2023

Navegando por los tribunales de reclamos menores de Ohio: ¿puede representarse a sí mismo?

¿Pueden las personas y los dueños de negocios autorepresentarse en los tribunales de reclamos menores de Ohio?

Sí, si eres un individuo o un único propietario puedes representarte en reclamos menores. Si usted es una LLC o Corporación, los tribunales de reclamos menores de Ohio permitirán que un propietario u oficial comparezca en nombre de la compañía para evitar el incumplimiento. Véase Colegio de Abogados de Cleveland contra Pearlman. No obstante, como propietario u oficial, no le permitirá presentar ningún argumento, presentar pruebas, dar testimonio alguno, ni hacer preguntas. En resumen, no puedes hacer mucho más que sentarte ahí. Para presentar su caso y que el juez decida el asunto sobre sus méritos necesita contar con un abogado. Al tener un abogado que represente a una LLC o Corporación, el abogado puede presentar pruebas, interrogarse a testigos y presentar argumentos en nombre de la Compañía ante el Tribunal.

Representación legal para LLC y corporaciones: comprensión de las limitaciones

La razón por la que a usted, como representante de una LLC o Corporación, no se le permite hacer ninguna de esas cosas es que está representando a otra persona (también conocida como participar en la práctica de la ley). A los ojos de la ley, las LLC y las Corporaciones son personas jurídicas separadas. La Compañía, como personas jurídicas separadas, es la razón por la cual los propietarios de LLC y Corporaciones reciben ciertas protecciones de los acreedores: la empresa es independiente del propietario. Ohio prohíbe a los no abogados “defender cualquier acción o procedimiento en el que la persona no sea parte interesada”. R.C. 4705.01. Cuando usted, como no abogado, representa a una Compañía, no es parte de la acción y realmente se dedica a la práctica del derecho.

Por qué la autorrepresentación en reclamos menores podría ser un desafío

Puede que no sea recomendable aunque pudieras representarte a ti mismo en reclamos menores. Cualquier parte en reclamos menores está obligada a cumplir con la Reglamento Civil y Reglas de la Evidencia. Estas Reglas son complejas y toman tiempo para entenderlas. Sin los antecedentes de procedimiento y evidencia, el mayor error de las partes no representadas en reclamos menores es no presentar pruebas de manera adecuada. Los partidos no representados casi siempre intentan atraer a Hearsey.

Las complejidades de la autenticación de rumores y documentos en reclamos pequeños

El oídas “es una declaración, distinta de la que hizo el declarante mientras testificaba en el juicio o audiencia, ofrecida como prueba para probar la veracidad del asunto afirmado en la declaración”. R. Ev. 801. Heresay can suele ser en forma de “bueno, ella dijo bla, bla, bla, bla” lo que prueba el punto del partido. Si la persona que hizo la declaración no está testificando, ¡la declaración no puede ser considerada por la Corte! Hay algunas excepciones a la regla de hearsey, pero se utilizan con poca frecuencia en reclamos menores.

Cualquier documento presentado también debe estar autenticado. R. Ev. 901. Debe estar presente la persona que redactó o creó el (los) documento (s) para afirmar que es verdadero y exacto. Hay excepciones a esta regla en las que los documentos son “autoautenticados”, aunque son raros. El que intente presentar los documentos ante la Corte deberá autenticarlos porque redactaron el documento o han llamado al redactado como testigo.

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